
Coronavirus | 19 abr 2020
Coronavirus
Ministerio de Trabajo: cumplimiento del protocolo de higiene y salud
Resolución 135 del Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires. Los empleadores deberán "confeccionar, implementar y dar estricto cumplimiento, en el plazo de dos días hábiles tras la publicación en el Boletín oficial, un Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo”. Para ello, deberán determinarse los procedimientos y medidas adecuadas de higiene y seguridad en el trabajo sobre cada tarea o actividad en particular expuesta al agente de riesgo de contagio y fijarse las condiciones, recaudos y el uso de elementos de protección personal específicos que correspondan implementar en cada caso". Toda la información en el PDF adjunto.
A través de la resolución 135 del Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires se establece: (...) que los empleadores deberán confeccionar, implementar y dar estricto cumplimiento, en el plazo de dos (2) días hábiles de dictada la presente, un Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo, en el marco de la EMERGENCIA PANDEMIA COVID-19 de conformidad con las especificidades que requiera la actividad desarrollada y/o las tareas prestadas por las trabajadoras y los trabajadores en cada uno de los establecimientos del empleador y/o lugares de trabajo
Toda la información en los dos archivos adjuntos (resolución ministerial y protocolo de higiene y salud).


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